¿Qué es un EPI?
EPI son las siglas de Equipo de Protección Individual. Se denomina EPI a cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador o trabajadora para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud en el trabajo, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin.
La denominación y definición de EPI quedó establecida en la Directiva 89/686/CEE del Consejo de la Unión Europea, de 21 de diciembre de 1989, sobre aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros relativas a los equipos de protección individual.
Por otro lado, el Real Decreto 1407/1992, de 20 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para la comercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos de protección individual establece específicamente los elementos que se considerarán como EPI:
- Se entenderá por EPI cualquier dispositivo o medio que vaya a llevar o del que vaya a disponer una persona, con el objetivo de que la proteja contra uno o varios riesgos que puedan amenazar su salud y su seguridad.
- El conjunto formado por varios dispositivos o medios que el fabricante haya asociado de forma solidaria para proteger a una persona contra uno o varios riesgos que pueda correr simultáneamente.
- b) Un dispositivo o medio protector solidario, de forma disociable, o no derogable, de un equipo individual no protector, que lleve o del que disponga una persona con el objetivo de realizar una actividad.
- c) Los componentes intercambiables de un EPI que sean indispensables para su funcionamiento correcto y se utilicen exclusivamente para dicho EPI.
- Se considerará como parte integrante de un EPI, cualquier sistema de conexión comercializado junto con el EPI para unirlo a un dispositivo exterior complementario, incluso cuando este sistema de conexión no vaya a llevarlo o a tenerlo a su disposición permanentemente el usuario durante el tiempo que dure la exposición al riesgo o riesgos.
CERTIFICACIÓN
Es importante destacar que no cualquier EPI (equipo de protección individual) es válido y debe pasar por un procedimiento de certificación: el fabricante habrá de reunir toda la documentación y deberá someter un modelo al examen «CE» de tipo para verificar que cumple con todas las normativas europeas.
Además, el fabricante deberá llevar a cabo controles de calidad que garanticen la homogeneidad de la producción y la conformidad de dichos EPI con el tipo descrito en el certificado CE de aprobación de tipo y con las exigencias esenciales correspondientes. Los controles necesarios serán realizados por un organismo de control elegido por el fabricante. Dichos controles se efectuarán al azar y normalmente a intervalos de, al menos, un año.
El fabricante deberá adjuntar con sus EPIS un folleto informativo donde incluirá, además del nombre y la dirección del fabricante toda la información útil sobre:
- a) Instrucciones de almacenamiento, uso, limpieza, mantenimiento, revisión y desinfección. Los productos de limpieza, mantenimiento o desinfección aconsejados por el fabricante no deberán tener, en sus condiciones de utilización, ningún efecto nocivo ni en los EPI ni en el usuario.
- b) Rendimientos alcanzados en los exámenes técnicos dirigidos a la verificación de los grados o clases de protección de los EPI.
- c) Accesorios que se pueden utilizar en los EPI y características de las piezas de repuesto adecuadas.
- d) Clases de protección adecuadas a los diferentes niveles de riesgo y límites de uso correspondientes.
- e) Fecha o plazo de caducidad de los EPI o de algunos de sus componentes.
- f) Tipo de embalaje adecuado para transportar los EPI.
- g) Explicación de las marcas, si las hubiere.
OBLIGACIONES DE LOS EMPRESARIOS
Puedes consultar toda la información sobre las obligaciones que, como empresario, tienes tú o tu empresa sobre tus trabajadores en materia de protección en este artículos ¿Qué responsabilidades tengo como empresario o empresa en la protección de mis empleados?.
En resumen, las obligaciones de la empresa o el empresario son:
- Realizar una evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores.
- Igual evaluación deberá hacerse con ocasión de la elección de los equipos de trabajo y del acondicionamiento de los lugares de trabajo
- Proporcionar los
- Informar.
- Formar.
TIPOS DE EPI
Se dividen en función de la parte del cuerpo que están destinadas a proteger y son aplicables o no en función del trabajo que desarrolle el trabajador.
- Protección para la cabeza: como los cascos de seguridad.
- Protección para el oído: tapones u orejeras de protección contra altos niveles de ruido.
- Protección para cara y ojos: aquí se engloban principalmente las gafas de protección muy útiles en caso de estar en contacto con elementos que pueden salpicar o ser proyectados y para evitar contagios como los provocados por toses y estornudos en caso de enfermedad infecciosa. Las pantallas de protección también se englobarían en esta categoría.
- Protección para las vías respiratorias: aquellos que eviten que cualquier elemento externo pueda entrar en contacto con nuestras vías respiratorias y contaminarlas o intoxicarlas como las mascarillas de mayor o menor nivel de protección, equipos filtrantes o equipos aislantes.
- Protección para manos y brazos: como los guantes de diferentes tipos que nos aíslan contra agresiones mecánicas, químicas, de origen eléctrico o térmico.
- Protección para pies y piernas: calzado de protección y otro vestuario laboral adecuado.
- Protección para la piel: cremas y otros elementos para evitar daños en la piel.
- Protección para tronco y abdomen: Vestuario laboral que evite daños en esta zona.
- Otras protecciones: destinadas a evitar caídas, accidentes, etc.
Puedes consultar más información sobre equipos de protección individual y otros temas en:
- ¿Qué medidas de protección debo tomar como empresa ante el Coronavirus (COVID-19)?
- ¿Qué responsabilidades tengo como empresario o empresa en la protección de mis empleados ante el Coronavirus?
- ¿Qué equipos de protección individual (EPIs) necesitan mis empleados?